Autoras/es: Michel Foucault
(Fecha original del artículo: 1976)*
Vamos a intentar hacer un análisis de la noción de poder.
Yo no soy el primero, lejos de ello, que intenta desechar el esquema
freudiano que opone instinto a represión, instinto y cultura. Toda una
escuela de psicoanalistas intentó, desde hace decenas de años,
modificar, elaborar este esquema freudiano de instinto vs. cultura, e
instinto vs. represión -me refiero tanto a psicoanalistas de lengua
inglesa como francesa. Como Melanie Klein, Winnicot y Lacan, que
intentaron demostrar que la represión, lejos de ser un mecanismo
secundario, ulterior, tardío, que intentaría controlar un juego
instintivo dado por la naturaleza, forma parte del mecanismo del
instinto, o, por lo menos, del proceso a través del cual se desenvuelve
el instinto sexual, se constituye como pulsión.
La
noción freudiana de TRIEB no debe ser interpretada como un simple dato
natural, o un mecanismo biológico natural sobre el cual la represión
vendría a depositar su ley de prohibición, sino, según esos
psicoanalistas, como algo que ya está profundamente penetrado por la
represión. La carencia, la castración, la laguna, la prohibición, la
ley, ya son elementos a través de los cuales se constituye el deseo como
deseo sexual, lo cual implica, por lo tanto, una transformación de la
noción primitiva de instinto sexual tal como Freud la había concebido al
final del siglo XIX. Es necesario entonces, pensar al instinto no como
un dato natural, sino como una elaboración, todo un juego complejo entre
el cuerpo y le ley, entre el cuerpo y los mecanismos culturales que
aseguran el control sobre el pueblo.
Por
lo tanto, creo yo que los psicoanalistas desplazaron considerablemente
el problema, haciendo surgir una nueva noción de instinto, una nueva
concepción de instinto, de pulsión, de deseo. Pero lo que me perturba, o
por lo menos me parece insuficiente, es que en esta elaboración
propuesta por los psicoanalistas, ellos cambian tal vez el concepto de deseo, pero no cambian en absoluto la concepción de poder.
Continúan
considerando que el significado del poder, el punto central, aquello en
que consiste el poder, es aún la prohibición, la ley, el hecho de decir
no, una vez más la fórmula “tu no debes”. El poder es esencialmente aquello que dice “tu no debes”. Me parece que esta es una concepción -y de eso hablaré más adelante- totalmente insuficiente del poder, una concepción jurídica, una concepción formal
del poder, y que es necesario elaborar otra concepción de poder que
permitirá sin duda comprender mejor las relaciones que se establecieron
entre poder y sexualidad en las sociedades occidentales.
Voy a intentar desarrollar, o mejor, mostrar
en qué dirección se puede desarrollar un análisis del poder que no sea
simplemente una concepción jurídica, negativa, del poder, sino una
concepción positiva de la tecnología del poder.
Frecuentemente
encontramos entre los psicoanalistas, los psicólogos y los sociólogos,
esta concepción según la cual el poder es esencialmente la regla, la
ley, la prohibición, lo que marca un límite entre lo permitido y lo
prohibido. Creo que esta concepción de poder fue, a fines del siglo XIX,
formulada incisivamente (y extensamente elaborada) por la etnología. La
etnología siempre intentó detectar sistemas de poder en sociedades diferentes a las nuestras en términos de sistemas de reglas.
Y nosotros mismos, cuando intentamos reflexionar sobre nuestra
sociedad, sobre la manera como el poder se ejerce en ella, lo hacemos
fundamentalmente a partir de una concepción jurídica: dónde está el
poder, quién detenta el poder, cuáles son las reglas que rigen al poder,
cuál es el sistema de leyes que el poder establece sobre el cuerpo
social. Por lo tanto, para nuestras sociedades hacemos siempre una
sociología jurídica del poder y cuando estudiamos sociedades diferentes a
las nuestras hacemos una etnología que es esencialmente una etnología
de la regla, una etnología de la prohibición. Vean, por ejemplo, en los
estudios etnológicos de Durkheim a Levi Strauss, cuál fue el problema
que siempre reaparece, perpetuamente reelaborado: El problema de la prohibición, especialmente la prohibición del incesto.
A partir de esa matriz, de ese núcleo que sería la prohibición del
incesto, se intentó comprender el funcionamiento general del sistema. Y
fue necesario esperar hasta años más recientes para que aparecieran
nuevos puntos de vista sobre el poder, ya sea desde Marx o desde
perspectivas más alejadas del marxismo clásico. De cualquier modo a
partir de allí veíamos aparecer con los trabajos de Clastres, en
Bélgica, por ejemplo, toda una nueva concepción del poder como
tecnología, que intenta emanciparse de ese primado, de ese privilegio de
la regla y la prohibición que, en el fondo, había reinado sobre la
etnología desde Durkheim hasta Levi Strauss.
En
todo caso, la cuestión que yo quería plantear es la siguiente: ¿Cómo
fue posible que nuestra sociedad, la sociedad occidental en general,
haya concebido al poder de una manera tan restrictiva, tan pobre, tan
negativa? ¿Por qué concebimos siempre al poder como regla y prohibición,
porqué este privilegio? Evidentemente podemos decir que ello se debe a
la influencia de Kant y aquella idea según la cual, en última instancia,
la ley moral, el “tu no debes”, la oposición “debes/no debes”,es,
en el fondo, la matriz de la regulación de toda la conducta humana.
Pero, en verdad, esta explicación por la influencia de Kant es
evidentemente insuficiente. El problema consiste en saber si Kant tuvo
tal influencia. ¿Por qué fue tan poderosa? ¿Por qué Durkheim, filósofo
de vagas simpatías socialistas del inicio de la tercera república
francesa, se puede apoyar de esa manera sobre Kant cuando se trataba de
hacer el análisis del mecanismo del poder en una sociedad? Creo que
podemos analizar la razón de ello en los siguientes términos: en el
fondo, en Occidente, los grandes sistemas establecidos desde la Edad
Media, se desarrollaron por intermedio del crecimiento del poder
monárquico, a costas del poder, o mejor, de los poderes feudales. Ahora,
en esta lucha entre los poderes feudales y el poder monárquico, el
derecho fue siempre el instrumento del poder monárquico contra las
instituciones, las costumbres, los reglamentos, las formas de ligación y
de pertenencia características de la sociedad feudal.
Voy
a dar dos ejemplos: por un lado el poder monárquico se desarrolla en
Occidente apoyándose, en gran parte, sobre las instituciones jurídicas y
judiciales, y así, desarrollando tales instituciones, logró sustituir
la vieja solución de los litigios privados a través de la guerra civil
por un sistema de tribunales, con leyes, que proporcionaban de hecho, al
poder monárquico la posibilidad de resolver él mismo las disputas entre
los individuos. De esa manera, el derecho romano, que reaparece en
Occidente en los siglos XIII y XIV, fue un instrumento formidable en
manos de la monarquía para lograr definir las formas y los mecanismos de
su propio poder, a costa de los poderes feudales. En otras palabras, el
crecimiento del Estado en Europa fue parcialmente garantizado por (o,
en todo caso, usó como instrumento) el desarrollo de un pensamiento
jurídico. El poder monárquico, el poder del Estado, está esencialmente
representado en derecho. Ahora bien, sucede que al mismo tiempo que la
burguesía que se aprovecha extensamente del desarrollo del poder real, y
de la disminución del retroceso de los poderes feudales, tenía un
interés en desarrollar ese sistema de derecho que le permitiría, por
otro lado, dar forma a los intercambios económicos, que garantizaban su
propio desarrollo social. De modo que el vocabulario, la forma del
derecho fue un sistema de representación del poder común a la burguesía y
a la monarquía. La burguesía y la monarquía lograron instalar, poco a
poco, desde el fin de la Edad Media hasta el siglo XVIII una forma de
poder que se representaba como discurso, como lenguaje, el vocabulario
del derecho. Y cuando la burguesía se desembarazó finalmente del poder
monárquico, lo hizo precisamente utilizando ese discurso jurídico que
había sido hasta entonces el de la monarquía, el cual fue usado en
contra de la propia monarquía.
Para
proporcionar un ejemplo sencillo, Rousseau, cuando hizo su teoría del
Estado, intentó mostrar cómo nace un soberano, pero un soberano
colectivo, un soberano como cuerpo social, o mejor, un cuerpo social
como soberano a partir de la cesión de los derechos individuales, de su
alienación, y de la formulación de leyes de prohibición que cada
individuo está obligado a reconocer pues fue él mismo quien se impuso la
ley, en la medida en que él mismo es miembro del soberano, en la medida
en que él es él mismo el soberano. Entonces, el instrumento teórico por
medio del cual se realizó la crítica de la institución monárquica, ese
instrumento teórico fue el instrumento del derecho. En otras palabras,
Occidente nunca tuvo otro sistema de representación, de formulación y de
análisis del poder que no fuera el sistema de derecho, el sistema de la
ley. Y yo creo que esta es la razón por la cual, a fin de cuentas, no
tuvimos hasta recientemente otras posibilidades de analizar el poder
excepto esas nociones elementales, fundamentales, que son las de la ley,
regla, soberano, delegación de poder, etc. Y creo que es de esta
concepción jurídica del poder, de esta concepción del poder a través de
la ley y del soberano, a partir de la regla y la prohibición, de la que
es necesario ahora liberarse si queremos proceder a un análisis del
poder, no desde su representación sino desde su funcionamiento.
Ahora
bien, ¿cómo podríamos intentar analizar el poder en sus mecanismos
positivos? Me parece que en un cierto número de textos podemos encontrar
los elementos fundamentales para un análisis de ese tipo. Podemos
encontrarlos tal vez en Bentham, un filósofo inglés de fin del siglo
XVIII y comienzos del XIX que, en el fondo, fue el más grande teórico
del poder burgués, y podemos evidentemente encontrarlos en Marx también,
esencialmente en el libro II del Capital. Es ahí que pienso que podemos
encontrar algunos elementos de los cuales me serviré para analizar el
poder en sus mecanismos positivos.
En resumen, lo que podemos encontrar en el libro II del Capital, es, en primer lugar, que en el fondo no existe Un poder, sino varios poderes.
Poderes quiere decir formas de dominación, formas de sujeción que
operan localmente, por ejemplo, en una oficina, en el ejército, en una
propiedad de tipo esclavista, o en una propiedad donde existen
relaciones serviles. Se trata siempre de formas locales, regionales de
poder, que poseen su propia modalidad de funcionamiento, procedimiento y
técnica. Todas estas formas de poder son heterogéneas. No podemos
entonces hablar de poder, si queremos hacer un análisis del poder, sino
que debemos hablar de los poderes o intentar localizarlos en sus
especificidades históricas y geográficas.
Así,
a partir de ese principio metodológico, ¿cómo podríamos hacer la
historia de los mecanismos de poder a propósito de la sexualidad? Creo
que, de modo muy esquemático, podríamos decir lo siguiente: El sistema
de poder que la monarquía había logrado organizar a partir del fin de la
Edad Media presentaba para el desarrollo del capitalismo como
inconvenientes mayores:
1. El
poder político, tal como se ejercía en el cuerpo social era un poder
muy discontinuo. Las mallas de la red eran muy grandes, un número casi
infinito de cosas, de elementos, de conductas, de procesos escapaban al
control del Poder. Si tomamos, por ejemplo, un punto preciso, -la
importancia del contrabando en toda Europa hasta fines de siglo XVIII-
podemos percibir un flujo económico muy importante, casi tan importante
como el otro, un flujo que escapaba enteramente al poder. Era además,
una de las condiciones de existencia de personas, puesto que de no haber
existido piratería marítima, el comercio no habría podido funcionar, y
las personas no habrían podido vivir. Bien, en otras palabras, el
ilegalismo era una de las condiciones de vida pero al mismo tiempo
significaba que había ciertas cosas que escapaban al poder y sobre las
cuales no tenía control. Entonces, inconvenientes procesos económicos,
diversos mecanismos, de algún modo quedaban fuera de control, y exigían
la instauración de un poder continuo, preciso, de algún modo atómico.
Pasar
así de un poder lagunar, global, a un poder continuo e
individualizante, que cada uno, que cada individuo, en él mismo, en su
cuerpo, en sus gestos, pudiese ser controlado, en vez de esos controles
globales y de masa.
2. El
segundo gran inconveniente de los mecanismos de poder, tal como
funcionaban en la monarquía, es que eran sistemas excesivamente
onerosos. Y eran onerosos justamente porque la función del poder
-aquello en que consistía el poder- era esencialmente el poder de
recaudar, de tener el derecho de recaudar cualquier cosa -un impuesto,
un décimo cuando se trataba del clero, sobre las cosechas que se
realizaban, la recaudación obligatoria de tal o cual porcentaje para el
señor, para el poder real, para el clero-. El poder era entonces,
recaudador y predatorio. En esta medida operaba siempre una sustracción
económica, y lejos, consecuentemente, de favorecer o estimular el flujo
económico, era permanentemente su obstáculo y freno. Entonces aparece
una segunda preocupación, una segunda necesidad; encontrar un mecanismo
de poder tal que al mismo tiempo que controlase las cosas y las personas
hasta en sus más mínimos detalles, no fuese tan oneroso ni
esencialmente predatorio, que se ejerciera en el mismo sentido del
proceso económico.
Bien,
teniendo así a la vista esos dos objetivos creo que podemos comprender
groseramente la gran mutación tecnológica del poder en Occidente.
Tenemos el hábito -y una vez más según el espíritu de un marxismo un
tanto primario- de decir que la gran invención, todo el mundo lo sabe,
fue la máquina de vapor, o cosas de ese tipo. Es verdad que eso fue muy
importante pero hubo toda una serie de otras invenciones tecnológicas,
tan importantes como esas y que fueron en última instancia condiciones
de funcionamiento de las otras. Así ocurrió con la tecnología política,
hubo toda una invención al nivel de las formas de poder a lo largo de
los siglos XVII y XVIII. Por lo tanto, es necesario hacer no sólo la
historia de las técnicas industriales, y yo creo que podemos agrupar en
dos grandes capítulos las invenciones de tecnología política, las cuales
debemos acreditar sobre todo a los siglos XVII y XVIII. Yo las
agruparía en dos capítulos porque me parece que se desarrollaron en dos
direcciones diferentes: De un lado existe esta tecnología que llamaría
de disciplina. Disciplina es, en el fondo, el mecanismo del poder
por el cual alcanzamos a controlar en el cuerpo social hasta los
elementos más tenues por los cuales llegamos a tocar los propios átomos
sociales, eso es, los individuos. Técnicas de individualización del
poder. Cómo vigilar a alguien, cómo controlar su conducta, su
comportamiento, sus aptitudes, cómo intensificar su rendimiento, cómo
multiplicar sus capacidades, cómo colocarlo en el lugar donde será más
útil, esto es lo que es, a mi modo de ver, la disciplina.
Y
les cito en este instante el ejemplo de la disciplina en el ejército.
Es un ejemplo importante porque fue el punto donde fue descubierta la
disciplina y donde se la desarrolló en primer lugar. Ligada entonces a
esta otra invención de orden técnica que fue la invención del fusil de
tiro relativamente rápido. A partir de ese momento podemos decir lo
siguiente: que el soldado dejaba de ser intercambiable, dejaba de ser
pura y simplemente carne de cañón y un simple individuo capaz de
golpear. Para ser un buen soldado había que saber tirar; por lo tanto,
era necesario pasar por un proceso de aprendizaje. Y era necesario que
el soldado supiera desplazarse, que supiera coordinar sus gestos con los
de los demás soldados, en suma, el soldado se volvía habilidoso. Por lo
tanto, precioso. Y tanto más precioso más necesario era conservarlo, y
tanto más necesidad de conservarlo más necesidad había de enseñarle
técnicas capaces de salvarle la vida en la batalla, y mientras más
técnicas se le enseñaban más tiempo duraba el aprendizaje, más precioso
era él, etc. Y bruscamente se crea una especie de embalo de esas
técnicas militares de adiestramiento que culminarán en el famoso
ejército prusiano de Federico II, que gastaba lo esencial de su tiempo
haciendo ejercicios. El ejército prusiano, el modelo de disciplina
prusiana, es precisamente la perfección, la intensidad máxima de esa
disciplina corporal del soldado que fue hasta cierto punto el modelo de
las otras disciplinas.
El otro lugar en el cual vemos aparecer esta nueva tecnología disciplinar es la educación.
Fue primero en los colegios y después en las escuelas secundarias donde
vemos aparecer esos métodos disciplinarios donde los individuos son
individualizados dentro de la multiplicidad. El colegio reúne decenas,
centenas y a veces, millares de escolares, y se trata entonces de
ejercer sobre ellos un poder que será justamente mucho menos oneroso que
el poder del preceptor que no puede existir sino entre alumno y
maestro. Allí tenemos un maestro para decenas de discípulos y es
necesario, a pesar de esa multiplicidad de alumnos que se logre una
individualización del poder, un control permanente, una vigilancia en
todos los instantes; así, la aparición de este personaje que todos
aquellos que estudiaron en colegios conocen bien, que es el vigilante o
celador, que en la pirámide corresponde al suboficial del ejército;
aparición también en las notas cuantitativas, de los exámenes, de los
concursos, etc., posibilidades, en consecuencia, de clasificar a los
individuos de tal manera que cada uno esté exactamente en su lugar, bajo
los ojos del maestro o en la clasificación-calificación o el juicio que
hacemos sobre cada uno de ellos.
Vean,
por ejemplo, cómo ustedes están sentados delante de mí, en fila. Es una
posición que tal vez les parezca natural; sin embargo, es bueno
recordar que ella es relativamente reciente en la historia de la
civilización y que es posible encontrar todavía a comienzos del siglo
XIX escuelas donde los alumnos se presentaban en grupos de pie alrededor
de un profesor que les dicta cátedra. Eso implica que el profesor no
puede vigilarlos realmente e individualmente: hay un grupo de alumnos
por un lado y el profesor por otro. Actualmente ustedes son ubicados en
fila, los ojos del profesor pueden individualizar a cada uno, puede
nombrarlos para saber si están presentes, qué hace, si divagan, si
bostezan, etc. Todo esto, todas estas futilidades, en realidad son
futilidades pero son futilidades muy importantes, porque finalmente, al
nivel de toda una serie de ejercicios del poder, es en esas pequeñas
técnicas que estos nuevos mecanismos pudieron investir, pudieron operar.
Lo
que pasó en el ejército y en los colegios puede ser visto igualmente en
las oficinas a lo largo del siglo XIX. Y es lo que llamaré tecnología
individualizante de poder, y es tecnología que enfoca a los individuos
hasta en sus cuerpos, en sus comportamientos; se trata, grosso modo, de
una especie de anatomía política, de anátomo-política, una política que
hace blanco en los individuos hasta anatomizarlos.
Bien,
he ahí una familia de tecnologías de poder que aparecieron en los
siglos XVII y XVIII, y después tenemos otra familia de tecnologías de
poder que aparecen un poco más tarde, en la segunda mitad del siglo
XVIII, y que fue desarrollada -es preciso decir que la primera, para
vergüenza de Francia fue sobretodo desarrollada en Francia y en
Alemania- principalmente en Inglaterra, tecnologías estas que no enfocan
a los individuos como individuos, sino que ponen blanco en lo
contrario, en la población. En otras palabras, el siglo XVIII
descubrió esa cosa capital: que el poder no se ejerce simplemente sobre
los individuos entendidos como sujetos-súbditos -lo que era la tesis
fundamental de la monarquía, según la cual por un lado está el soberano y
por otro los súbditos-. Se descubre que aquello sobre lo que se ejerce
el poder es la población. ¿Qué quiere decir población? No quiere
decir simplemente un grupo humano numeroso, quiere decir un grupo de
seres vivos que son atravesados, comandados, regidos, por procesos de
leyes biológicas. Una población posee una natalidad, una mortalidad, una
población tiene una curva etaria, una pirámide etaria, tiene una
morbilidad, tiene un estado de salud, una población puede perecer o al
contrario puede desarrollarse.
Todo
esto comienza a ser descubierto en el siglo XVIII. Se percibe que la
relación de poder con el sujeto, o mejor, con el individuo no debe ser
simplemente esa forma de sujeción que permite al poder recaudar bienes
sobre el súbdito, riquezas y eventualmente su cuerpo y su sangre, sino
que el poder se debe ejercer sobre los individuos en tanto constituyen
una especie de entidad biológica que debe ser tomada en consideración si
queremos precisamente utilizar esa población como máquina de producir
todo, de producir riquezas, de producir bienes, de producir otros
individuos, etc. El descubrimiento de la población es, al mismo tiempo
que el descubrimiento del individuo y del cuerpo adiestrable, creo yo,
otro gran núcleo tecnológico en torno al cual los procedimientos
políticos de Occidente se transformaron. Se inventó en ese momento, en
oposición a la anátomo-política que recién mencioné, lo que llamaré
bio-política. Es en ese momento que vemos aparecer cosas, problemas como
el del hábitat, el de las condiciones de vida en una ciudad, el de la
higiene pública, o la modificación de las relaciones entre la natalidad y
la mortalidad. Fue en ese momento que aparece el problema de cómo se
puede hacer para que la gente tenga más hijos, o en todo caso, cómo
podemos regular el flujo de la población, cómo podemos controlar
igualmente la tasa de crecimiento de una población, de las migraciones,
etc. Y a partir de allí toda una serie de técnicas de observación entre
las cuales está la estadística, evidentemente, pero también todos los
grandes organismos administrativos, económicos y políticos, todo eso
encargado de la regulación de la población.
Por
lo tanto, creo yo, hay dos grandes revoluciones en la tecnología de
poder: descubrimiento de la disciplina y descubrimiento de la
regulación, perfeccionamiento de una anátomo-política y perfeccionamiento de una bio-política.
La
vida se hace a partir del siglo XVIII, objeto de poder, la vida y el
cuerpo. Antes existían sujetos, sujetos jurídicos a quienes se les podía
retirar los bienes, y la vida además. Ahora existen cuerpos y
poblaciones. El poder se hace materialista. Deja de ser esencialmente
jurídico. Ahora debe lidiar con cosas reales que son el cuerpo, la vida.
La vida entra en el dominio del poder, mutación capital, una de las más
importantes sin duda en la historia de las sociedades humanas, y, es
evidente, que se puede percibir cómo el sexo se vuelve a partir de ese
momento, el siglo XVIII, una pieza absolutamente capital, porque en el
fondo, el sexo está exactamente ubicado en el lugar de la articulación
entre las disciplinas individuales del cuerpo y las regulaciones de la
población. El sexo viene a ser aquello a partir de lo cual se puede
garantizar la vigilancia sobre los individuos, y entonces se comprende
porqué es en el siglo XVIII y justamente en los colegios, que la
sexualidad de los adolescentes se vuelve un problema médico, un problema
moral, casi un problema político de primera importancia; porque a
través, y so pretexto de este control de la sexualidad se podía vigilar a
los colegiales, a los adolescentes a lo largo de sus vidas, a cada
instante, aún durante el sueño.
Entonces,
el sexo se tornará un instrumento de disciplinarización, y va a ser uno
de los elementos esenciales de esa anátomo-política de la que hablé,
pero por otro lado es el sexo el que asegura la reproducción de las
poblaciones, y con el sexo, con una política del sexo podemos cambiar
las relaciones entre natalidad y mortalidad; en todo caso la política
del sexo se va a integrar al interior de toda esa política de la vida,
que va a ser tan importante en el siglo XIX. El sexo es el eje entre la
anátomo-política y la bio-política, él está en la encrucijada de las
disciplinas y de las regulaciones y es en esa función que él se
transforma al fin del siglo XIX, en una pieza política de primera
importancia para hacer de la sociedad una máquina de producir.
***
Foucault - ¿Quieren ustedes hacer alguna pregunta?
Auditorio - ¿Qué tipo de productividad pretende lograr el poder en las prisiones?
Foucault - Esa
es una larga historia: el sistema de la prisión, quiero decir, de la
prisión represiva, de la prisión como castigo, fue establecido
tardíamente, prácticamente al fin del siglo XVIII. Antes de esa fecha la
prisión no era un castigo legal: Se aprisionaba a las personas
simplemente para retenerlas antes de procesarlas, y no para castigarlas,
salvo casos excepcionales. Bien, se crean las prisiones como sistema de
represión, afirmándose lo siguiente: la prisión va a ser un sistema de
reeducación de los criminales. Después de una estadía en la prisión,
gracias a una domesticación de tipo militar y escolar, vamos a poder
transformar a un delincuente en un individuo obediente a las leyes. Se
buscaba la producción de individuos obedientes.
Ahora
bien, inmediatamente, en los primeros tiempos de los sistemas de las
prisiones quedó en claro que ellos no producían aquel resultado sino, en
verdad, su opuesto: mientras más tiempo se pasaba en prisión menos se
era re-educado y más delincuente se era. No sólo productividad nula sino
productividad negativa. En consecuencia, el sistema de las prisiones
debería haber desaparecido. Pero permaneció y continúa, y cuando
preguntamos a las personas qué podríamos colocar en vez de las
prisiones, nadie responde.
¿Por
qué las prisiones permanecieron a pesar de esta contra-productividad?
Yo diré que precisamente porque de hecho producían delincuentes y la
delincuencia tiene una cierta utilidad económico-política en las
sociedades que conocemos. La utilidad mencionada podemos revelarla
fácilmente:
1. Cuantos
más delincuentes existan más crímenes existirán, cuantos más crímenes
haya más miedo tendrá la población y cuanto más miedo haya en la
población más aceptable y deseable se vuelve el sistema de control
policial. La existencia de ese pequeño peligro interno permanente es una
de las condiciones de aceptabilidad de ese sistema de control, lo que
explica porqué en los periódicos, en la radio, en la televisión, en
todos los países del mundo sin ninguna excepción, se concede tanto
espacio a la criminalidad como si se tratase de una novedad en cada
nuevo día. Desde 1830 en todos los países del mundo se desarrollaron
campañas sobre el tema del crecimiento de la delincuencia, hecho que
nunca ha sido probado, pero esta supuesta presencia, esa amenaza, ese
crecimiento de la delincuencia es un factor de aceptación de los
controles.
2. Pero
eso no es todo, la delincuencia posee también una utilidad económica;
vean la cantidad de tráficos perfectamente lucrativos e inscritos en el
lucro capitalista que pasan por la delincuencia: la prostitución; todos
saben que el control de la prostitución en todos los países de Europa es
realizado por personas que tienen el nombre profesional de proxenetas y
que son todos ellos ex delincuentes que tienen por función canalizar
para circuitos económicos respetables, de personas que tienen cuentas en
bancos, los lucros recaudados sobre el placer sexual. La prostitución
permitió volver oneroso el placer sexual de las poblaciones y su
encuadramiento permitió derivar para determinados circuitos el lucro
sobre el placer sexual. El tráfico de armas, el tráfico de drogas, en
suma, toda una serie de tráficos que por una u otra razón no pueden ser
legalmente y directamente realizados en la sociedad, pueden serlo por la
delincuencia, que los asegura.
Si agregamos a eso el hecho de que la delincuencia sirve masivamente en
el siglo XIX y aún en el siglo XX a toda una serie de alteraciones
políticas tales como romper huelgas, infiltrar sindicatos obreros,
servir de mano de obra y guardaespaldas de los jefes de partidos
políticos, aún de los más o menos dignos. Aquí estoy hablando
precisamente de Francia, en donde todos los partidos políticos tienen
una mano de obra que varía entre los colocadores de afiches hasta los
aporreadotes o matones, mano de obra que está constituida por
delincuentes. Así tenemos toda una serie de instituciones económicas y
políticas que operan sobre la base de la delincuencia y en esta medida
la prisión que fabrica un delincuente profesional, posee una utilidad y
una productividad.
Auditorio - Todas
mis preguntas se fundamentan en la crítica que Dominique Lecourt le ha
hecho: si usted da un paso más adelante dejará de ser un arqueólogo, un
arqueólogo del saber; si usted da ese paso adelante, usted caería en el
materialismo histórico. Ese es el fundamento de la pregunta. Quiero
saber porqué usted afirma que aquellos que defienden el materialismo
histórico y el psicoanálisis no están seguros de sí mismos, no están
seguros de la cientificidad de sus posiciones. La primera cosa que me
sorprende después de leer tanto la diferencia entre refoulement[1] y represión, diferencia que no tenemos en portugués, es que usted empezó hablando de represión sin diferencia de refoulement.
Eso es una sorpresa para mí, y la segunda sorpresa es que en la
tentativa de trazar una anatomía de lo social basándose en la disciplina
del ejército, usted utiliza la misma terminología que usan los abogados
actuales en el Brasil. En el congreso de OAB (Orden de los abogados del
Brasil) realizado hace poco tiempo en Salvador los abogados utilizaron
abundantemente las palabras compensar y disciplinar al definir su
función jurídica. Curiosamente usted utiliza los mismos términos para
hablar del poder, es decir, usando el mismo lenguaje jurídico: lo que le
pregunto es si usted ¿no cae en el mismo discurso de la apariencia de
la sociedad capitalista dentro de la ilusión del poder que comienzan a
utilizar esos juristas? Así, la nueva ley de sociedades anónimas se
presenta como un instrumento para disciplinar a los monopolios, pero lo
que ella realmente significa es ser un valioso instrumento tecnológico
muy avanzado que obedece a determinaciones independientes de la voluntad
de los juristas que son las necesidades de reproducción del capital. En
este sentido me sorprende el uso de la misma terminología, continuando,
en tanto usted establece una dialéctica entre tecnología y disciplina, y
mi última sorpresa es que usted toma como elemento de análisis social a
la población, volviendo así a un período anterior a aquel en que Marx
criticó a Ricardo.
Foucault
- Voy a intentar responder brevemente a las dos preguntas. Veamos el
tema general de la cuestión. En primer lugar yo no hablé en efecto de refoulement,
hablé siempre de represión, de interdicción y de ley. Bien, ello se
debe al carácter necesariamente breve y alusivo de aquello que no puedo
decir en tan poco tiempo. El pensamiento de Freud es en efecto mucho más
sutil que la imagen que presenté aquí. En torno a esa noción de
recalque se ubica el debate entre, digamos, grosso modo, Reich y los
Reichianos, Marcuse, etc., y por otro lado los psicoanalistas más
propiamente psicoanalistas como Melanie Klein y principalmente Lacan.
Porque la noción de recalque puede ser utilizada para un análisis
de los mecanismos sociales de represión afirmando que la instancia que
determina el recalque es una cierta realidad social que se impone como principio de realidad e inmediatamente provoca el recalque.
En
términos generales este es el análisis reichiano modificado por Marcuse
con la noción de sobrerrepresión o más-represión y del otro lado usted
tiene a los lacanianos que retoman la noción de recalque y afirman: nada
de eso, cuando Freud habla de recalque él no está pensando en
represión, sino en un cierto mecanismo absolutamente constitutivo del
deseo, porque para Freud, dice Lacan, no existe deseo no recalcado, el
deseo no existe como deseo sino porque es recalcado y porque lo que
constituye el deseo es la ley, y así el retira de la noción de ley el
concepto de recalque.
Por
lo tanto hay dos interpretaciones, la interpretación por la represión y
la interpretación por la ley, que describen de hecho dos fenómenos o
dos procesos absolutamente diferentes. Es verdad que la noción de
recalque en Freud, conforme a los textos, puede ser utilizada en un
sentido o en otro. Fue para evitar ese difícil problema de
interpretación freudiana que yo hablé de represión, porque sucede que
los historiadores de la sexualidad nunca utilizaron otra noción que no
fuera la de represión, y esto por una razón muy sencilla, y es que este
concepto hace aparecer los contornos sociales que determinan el
recalque. Podemos, por lo tanto, hacer la historia del recalque a partir
de la noción de represión, en tanto que a partir de la noción de
interdicción (que de algún modo es más o menos isomorfa en todas las
sociedades) no podemos hacer la historia de la sexualidad. Es así que
evité la noción de recalque y hablé solamente de represión.
En
segundo lugar, me sorprende mucho que los abogados utilicen la palabra
disciplina -en cuanto a la palabra compensar no la usé ni una vez- y con
respecto a esto quiero decir lo siguiente: creo que desde el nacimiento
de aquello que yo llamo bio-poder o anátomo-política, estamos viviendo
en una sociedad que comienza a dejar de ser una sociedad jurídica. La
sociedad jurídica fue la sociedad monárquica. Las sociedades europeas de
los siglos XII al XVIII eran esencialmente sociedades jurídicas en las
cuales el problema del derecho era un problema fundamental, se combatía
por él, se hacían revoluciones por él, etc. A partir del siglo XIX en
las sociedades que se daban bajo la forma de sociedades de derecho, con
parlamentos, legislaciones, códigos, tribunales, existía de hecho todo
otro mecanismo de poder que se infiltraba, que no obedecía a las formas
jurídicas y que no tenía por principio fundamental la ley sino el
principio de la norma, y que poseía instrumentos que no eran tribunales,
la ley y el aparato judiciario, sino la medicina, la psiquiatría, la
psicología, etc. Por lo tanto, estamos en un mundo disciplinario,
estamos en un mundo de regulación. Creemos que estamos todavía en el
mundo de la ley pero de hecho es otro tipo de poder el que está en vías
de constitución por intermedio de conexiones que ya no son más
conexiones jurídicas. Así, es perfectamente normal que usted encuentre
la palabra disciplina en la boca de los abogados, llega a ser
interesante ver lo que concierne a un punto interesante. Cómo la
sociedad de la normatización al mismo tiempo puede habilitar y hacer
disfuncionar la sociedad del derecho.
Ver
lo que pasa en el sistema penal. En países de Europa como Alemania,
Francia e Inglaterra prácticamente no hay ningún criminal un poco
importante, y en breve no habrá ninguna persona que pase por los
tribunales penales, que no pase también por las manos de un especialista
en medicina, psiquiatría o psicología. Eso porque vivimos es una
sociedad en la que el crimen ya no es más simplemente ni esencialmente
la transgresión a la ley, sino el desvío en relación a una norma. En lo
que respecta a la penalidad solo se habla ahora en términos de neurosis,
desvío, agresividad, pulsión, etc. Ustedes lo saben muy bien, por lo
tanto, cuando hablo de disciplina, de normalización, yo no caigo en el
plano jurídico, son por el contrario los hombres del derecho, los
hombres de la ley, los juristas, que están obligados a emplear ese
vocabulario de la disciplina y la normatización. Que se hable de
disciplina en el congreso de OAB no hace más que confirmar lo que digo y
no es que caiga en una concepción jurídica. Los que están fuera de
lugar son ellos.
Auditorio-
¿Cómo ves la relación entre saber y poder? Es la tecnología del poder
que provoca la perversión sexual o es la anarquía natural biológica que
existe en el hombre que provoca…
Foucault-
Sobre este último punto, es decir sobre lo que motiva, lo que explica
el desarrollo de esta tecnología, no creo que podamos decir que sea el
desarrollo biológico. Intenté demostrar lo contrario, es decir, ¿cómo
forma parte del desarrollo del capitalismo esta mutación de la
tecnología del poder? Forma parte de ese desarrollo en la medida en que,
por una parte, fue el desarrollo del capitalismo lo que hizo necesaria
esta mutación tecnológica, pero, por otro lado, esa mutación hizo
posible el desarrollo del capitalismo; una implicación perpetua de dos
movimientos que están de algún modo engrampados el uno con el otro.
Bien, con respecto a la otra cuestión… Cuando existe alianza
del placer con el poder, ese es un problema importante. Lo que quiero
decir brevemente es que es justamente eso que parece caracterizar los
mecanismos de poder en función de nuestras sociedades, es lo que hace
que no podamos decir simplemente que el poder tiene por función
interdictar, prohibir. Si admitimos que el poder sólo tiene por función
prohibir, estamos obligados a inventar mecanismos -como Lacan y otros
están obligados a hacerlo- para poder decir: “Vean: nos identificamos
con el poder” o entonces decimos que hay una relación masoquista que se
establece con el poder y que hace que gocemos de aquel que prohíbe; pero
en compensación si usted admite que la función del poder no es
esencialmente prohibir sino producir, producir placer, en ese momento se
puede comprender, al mismo tiempo cómo se puede obedecer al poder y
encontrar en el hecho de la obediencia placer, que no es masoquista
necesariamente. Los niños nos pueden servir de ejemplo: creo que la
manera que se hizo de la sexualidad de los niños un problema fundamental
para la familia burguesa del siglo XIX, provocó y volvió posible un
gran número de controles sobre la familia, sobre los padres, sobre los
niños, etc., al mismo tiempo que produjo toda una serie de placeres
nuevos: placer de los niños en jugar con su propia sexualidad contra sus
padres o con sus padres, etc., toda una nueva economía del placer
alrededor del cuerpo del niño. No hace falta decir que los padres, por
masoquismo, se identificaron con la ley…
Auditorio - Usted
no respondió a la pregunta que se le hizo sobre las relaciones entre el
saber y el poder, y sobre el poder que usted, Michel, ejerce a través
de su saber…
Foucault
- en efecto, la pregunta debe ser planteada. Bien, creo que -en todo
caso en el sentido de los análisis que hago cuya fuente de inspiración
usted puede ver- las relaciones de poder no deben ser consideradas de
una manera un poco esquemática como: de un lado están los que tienen el
poder y del otro los que no lo tienen.
Aquí
un cierto marxismo académico utiliza frecuentemente la oposición clase
dominante/clase dominada, discurso dominante/discurso dominado, etc.
Ahora, en primer lugar, ese dualismo nunca será encontrado en Marx; en
cambio sí puede ser encontrado en pensadores reaccionarios y racistas
como Gobineau, que admiten que en una sociedad hay dos clases, una
dominada y la otra que domina. Usted va a encontrar ello en muchos
lugares pero nunca en Marx porque en efecto, Marx es demasiado astuto
como para poder admitir esto; él sabía perfectamente que lo que hace la
solidez de las relaciones de poder es que ellas no terminan jamás, que
no hay de un lado algunos y de otro lado muchos, ellas atraviesan en
todos lados; la clase obrera retransmite relaciones de poder. El hecho
de que usted sea estudiante implica que ya está inserto en una cierta
situación de poder; yo, como profesor, estoy igualmente en una situación
de poder; estoy en una situación de poder porque soy hombre y no una
mujer, y por el hecho de que usted sea una mujer implica que está
igualmente en una situación de poder, pero no la misma, todos estamos en
situación… Bien, si de cualquier persona que sabe algo podemos decir
“usted ejerce el poder”, me parece una crítica estúpida en la medida en
que se limita a eso. Lo que es interesante es, en efecto, saber cómo en
un grupo, en una clase, en una sociedad operan mallas de poder, es
decir, cuál es la localización exacta de cada uno en la red del poder,
cómo él lo ejerce de nuevo, cómo lo conserva, cómo él impacta en los
demás, etc.
Apéndice
¿A qué llamamos castigar?
Entrevista
con Michel Foucault realizada en diciembre de 1983 y revisada por
Foucault en febrero de 1984. Ha sido publicada por la Revue de
L’Université de Bruxelles, 1984. Traducida por F.H. Alvarez. Publicada
en la Revista Española Archipiélago N° 2 y en la Revista Argentina “No
hay derecho” N° 2, diciembre de 1990.
Foulek Ringelbeim:
La publicación de su libro “Vigilar y Castigar” en 1974 supuso algo así
como la caída de un meteorito en el terreno de penalistas y
criminólogos. Esta obra, al proponer un análisis del sistema penal en la
perspectiva de la táctica política y de la tecnología del poder,
trastocó las concepciones tradicionales sobre la delincuencia y sobre la
función social de la pena.
Este
libro desconcertó a los jueces represivos, al menos a aquellos que se
preguntaban por el sentido de su trabajo y conmovió a numerosos
criminólogos que, dicho sea de paso, no aceptaron gustosos que su
discurso fuese calificado de mera palabrería. En la actualidad son cada
día más raros los libros de criminología que no se refieran a “Vigilar y
castigar” como un trabajo absolutamente insoslayable. Sin embargo el
sistema penal no cambia y “la palabrería” criminológica continúa
invariable. Es como si se rindiese homenaje al teórico de la
epistemología jurídico-penal sin poder beneficiarse de sus enseñanzas,
como si entre la teoría y la práctica existiese una impermeabilidad
total.
Su
intención no ha sido sin duda realizar un trabajo de reformador, pero
¿sería posible imaginar una política criminal que se sustentase en sus
análisis e intentase extraer de ellos algunas consecuencias?
Michel Foucault:
Convendría quizás comenzar por precisar qué es lo que he intentado
hacer con este libro. Mi objetivo principal no ha sido realizar una obra
crítica, si se entiende por tal la denuncia de los inconvenientes del
sistema penal actual. Tampoco he pretendido erigirme en historiador de
las instituciones, en el sentido en que no he querido relatar cómo había
funcionado la institución penal y carcelaria durante el siglo XIX. He
intentado plantear un problema distinto: descubrir el sistema de
pensamiento, la forma de racionalidad que, desde finales del siglo
XVIII, subyacía a la idea de que la prisión es, en último término, el
medio mejor, o uno de los más eficaces y más racionales, para castigar
las infracciones que se producen en una sociedad. Es evidente que al
hacer esto estaba impulsado por determinadas preocupaciones relacionadas
con lo que se podría hacer hoy. En efecto, se me ocurrió que oponiendo,
como se hacía tradicionalmente, reformismo y revolución no se estaban
poniendo los medios para pensar las condicione que podían dar lugar a un
real, profunda y radical transformación. Me parece que con mucha
frecuencia en las reformas del sistema penal se admitía implícitamente, y
a veces también explícitamente, el sistema de racionalidad que se había
definido y aplicado hace ya tiempo, y que únicamente se intentaba saber
qué instituciones y prácticas permitían la realización del proyecto
inicial, conseguir sus fines. Al desentrañar el sistema de racionalidad
subyacente a las prácticas punitivas pretendía señalar cuáles eran los
principios lógicos que era necesario reexaminar si de verdad se quería
transformar el sistema penal. Yo no he dicho que fuera forzosamente
necesario librarse de él, pero creo que es muy importante saber, cuando
se quiere llevar a cabo una transformación y una renovación, no sólo qué
son las instituciones y cuáles son sus efectos reales, sino también
cuál es el tipo de pensamiento que las sustenta: ¿qué es lo que se puede
admitir todavía de ese sistema y cuáles son, por el contrario, las
dimensiones que deben ser relegadas, abandonadas transformadas? Es lo
mismo que he intentado hacer con la historia de las instituciones
psiquiátricas. Y es verdad que estoy un poco sorprendido, y un tanto
decepcionado, de ver que todo esto no conducía a ningún proyecto de
reflexión ni de pensamiento que habría podido reunir, en torno a un
mismo problema, a personas muy diferentes: magistrados, teóricos del
derecho penal, funcionarios de la institución penitenciaria, abogados,
trabajadores sociales y personas que hubiesen pasado por las cárceles.
En este sentido es cierto que por razones que son sin duda de orden
cultural y social, los años setenta han sido enormemente decepcionantes.
Se lanzaron muchas críticas en todas las direcciones y con frecuencia
esas ideas tuvieron una cierta difusión y ejercieron en ocasiones una
cierta influencia, pero raramente se produjo una cristalización de las
cuestiones planteadas en un proyecto colectivo destinado a determinar
cuáles serían las transformaciones a emprender. Por mi parte, y pese a
mis deseos, nunca he tenido la posibilidad de establecer contactos de
trabajo con profesores de derecho penal, magistrados, ni tampoco, por
supuesto, con algún partido político.
Y así el partido socialista que desde 1972 contó con nueve
años para preparar su llegada al poder, y que hasta cierto punto ha sido
receptivo en sus discursos a muchos de los temas que se plantearon en
los años sesenta, nunca hizo una tentativa seria para definir por
adelantado cuál podría ser su práctica real cuando accediese al poder.
Parece que las instituciones, los grupos y los partidos políticos que
habrían podido abrir un trabajo de reflexión sobre estas cuestiones no
lo han hecho…
F. R.: En
efecto, se tiene la impresión de que el sistema conceptual no ha
evolucionado en absoluto .A pesar de que los juristas y los psiquiatras
reconocen a la vez la pertinencia y la novedad de sus análisis, se
enfrentan, según parece, a la imposibilidad de trasvasarlos a la
práctica, a la hora de definir lo que, utilizando un término ambiguo, se
podría denominar una política criminal.
M. F.:
Plantea usted un problema que es efectivamente muy importante y
difícil. Como sabe pertenezco a una generación de personas que han visto
desplomarse la mayor parte de las utopías que habían sido construidas
durante el siglo XIX y los comienzos del siglo XX. También hemos
comprobado los efectos perversos, en ocasiones desastrosos, que pueden
ser producidos por los proyectos más generosos en sus intenciones. Por
mi parte he intentado con firmeza no jugar el papel del intelectual
profeta que indica por adelantado a las gentes lo que deben hacer y les
impone marcos de pensamiento, objetivos y medios extraídos de su propio
cerebro trabajando encerrado en su despacho rodeado de libros. Me ha
parecido que el trabajo de un intelectual, de lo que llamo “un
intelectual específico”, consiste en intentar desasirse del poder de
imposición y desasirse también, en la contingencia de su formación
histórica, de los sistemas de pensamiento que nos resultan familiares en
la actualidad, que nos parecen evidentes y que forman parte de nuestras
percepciones, actitudes y comportamientos. Después es preciso trabajar
en común con personas implicadas en la práctica, no sólo para modificar
las instituciones y sus prácticas, sino también para reelaborar las
formas de pensar.
F. R.:
¿Lo que usted ha calificado, y que sin duda ha sido mal interpretado,
de “palabrería criminológica” consiste precisamente en no poner en
cuestión ese sistema de pensamiento en el que todos esos análisis han
sido realizados a lo largo de siglo y medio?
M. F.:
Así es. Posiblemente haya utilizado un término un tanto desenvuelto y,
en consecuencia, podemos retirarlo. Pero tengo la impresión de que las
dificultades y contradicciones que la práctica penal ha soportado
durante los últimos siglos nunca han sido reexaminadas a fondo. Y desde
hace ahora ciento cincuenta años siempre se repiten exactamente las
mismas nociones, los mismos temas, los mismos reproches, las mismas
críticas y las mismas exigencias como si nada hubiese cambiado. A partir
del momento en que una institución, que presenta tantos inconvenientes,
que suscita tantas críticas, no produce más que una indefinida
repetición de los mismos discursos, la “palabrería” se convierte en un
síntoma serio.
F. R.:
En “Vigilar y Castigar” analiza la “estrategia” que consiste en
transformar determinados ilegalismos en delincuencia, lo que convierte
el aparente fracaso de la prisión en su triunfo. Es como si un
determinado “grupo” se sirviese, más o menos concientemente, de esta vía
para obtener efectos que no estarían explícitos. Se tiene la impresión,
posiblemente falsa, de que se produce así una astucia del poder que
subvierte los proyectos y desbarata los discursos de los reformadores
humanistas. Desde este punto de vista se produciría una cierta semejanza
entre sus análisis y el modelo de interpretación marxista de la
historia(pienso en las páginas en las que muestra cómo determinado tipo
de ilegalismos se ven especialmente reprimidos mientras que otros son
tolerados). Pero a diferencia del marxismo no se ve claramente qué
“grupo”, o qué “clase”, qué intereses se juegan en esta estrategia.
M. F.:
Hay que distinguir diferentes cosas en el análisis de una institución.
En primer lugar está lo que podríamos llamar su racionalidad o su
finalidad, es decir los objetivos que propone y los medios de que
dispone para conseguirlos, en suma, se trata del programa de la
institución tal como ha sido definido -por ejemplo, las concepciones de
Bentham sobre la prisión- . En segundo lugar se plantea la cuestión de
los efectos. Evidentemente los efectos coinciden muy pocas veces con la
finalidad; y así, el objetivo de la prisión corrección, de la cárcel
como medio para reformar al individuo, no se ha conseguido, se ha
producido más bien el efecto inverso y la cárcel ha servido sobre todo
para intensificar los comportamientos delictivos. Ahora bien, cuando el
efecto no coincide con la finalidad se plantean distintas posibilidades:
o bien se reforma la institución, o bien se utilizan esos defectos para
algo que no estaba previsto con anterioridad pero que puede
perfectamente tener un sentido y una utilidad. Esto es lo que podríamos
denominar el uso. Y así, la prisión, que no ha conseguido la
enmienda de los delincuentes, ha servido especialmente de mecanismo de
eliminación. El cuarto nivel de análisis podría ser designado con el
nombre de configuraciones estratégicas, es decir, a partir de esos usos
en cierta medida imprevistos, nuevos, y pese a todo buscados hasta
cierto punto, se pueden erigir nuevas conductas racionales que sin estar
en el programa inicial responden también a sus objetivos, usos en los
que pueden encontrar acomodo las relaciones existentes entre los
diferentes grupos sociales.
F. R.: Efectos que se transforman en fines…
M. F.:
Efectivamente, efectos que son retomados para diferentes usos, y esos
usos racionalizados, organizados en función de nuevos fines.
F. R.: ¿Pero eso no es algo premeditado, no existe un proyecto maquiavélico oculto en la base de todo esto?
M. F.:
No, no existe un sujeto o un grupo que sea el responsable de esa
estrategia sino que, a partir de efectos diferentes a los fines
iniciales y de la utilización de esos efectos, se construye un
determinado número de estrategias.
F. R.: Estrategias cuya finalidad escapa, a su vez, en parte a quienes las conciben.
M. F.:
Sí, aunque a veces esas estrategias son perfectamente concientes: se
puede decir que la manera de utilizar la prisión por la policía es
prácticamente conciente. Simplemente ocurre por lo general, que las
estrategias no se formulan explícitamente, a diferencia del programa. El
programa inicial de la institución, su finalidad primera, está, por el
contrario, manifiesto y sirve de justificación, mientras que las
configuraciones estratégicas con frecuencia no están claras incluso para
aquellos que ocupan un puesto en la institución y juegan en ella un
determinado papel. Pero este juego puede perfectamente consolidar una
institución y pienso que la cárcel se ha consolidado pese a las críticas
que se le han hecho, debido a que se han entrecruzado en su espacio
singular diferentes estrategias de distintos grupos sociales.
F. R.:
Usted explica claramente cómo la pena de prisión fue denunciada como el
gran fracaso de la justicia penal, desde comienzos del siglo XIX, y
ello en los mismos términos que se hace hoy día. No existe un solo
penalista que no esté convencido de que la prisión no consigue los
objetivos que le han sido asignados: la tasa de criminalidad no
disminuye; la cárcel lejos de “resocializar” fabrica delincuentes;
aumenta la reincidencia; no garantiza la seguridad… De todas formas los
establecimientos penitenciarios siguen estando llenos y no se percibe en
relación a ellos el inicio de un cambio bajo el gobierno socialista en
Francia.
Pero al mismo tiempo usted le ha dado la vuelta al problema.
Más que buscar las razones de un fracaso sometido permanentemente a
retoques se ha preguntado para qué sirve y a quiénes beneficia ese
problemático fracaso. Y descubre así que la prisión es un instrumento de
gestión y de control diferencial de los ilegalismos. En este sentido,
lejos de constituir un fracaso, la prisión, por el contrario, ha
conseguido triunfar claramente a la hora de definir un determinado tipo
de delincuencia, la delincuencia de las clases populares; ha logrado
producir una determinada categoría de delincuentes, identificándolos
para mejor diferenciarlos de otras categorías de infractores
provenientes de la burguesía.
Por último, usted ha observado que el sistema penitenciario
permite convertir en natural y legítimo el poder legal de castigar, lo
naturaliza. Esta idea conecta con la vieja cuestión de la legitimidad
del funcionamiento de la penalidad ya que el ejercicio del poder
disciplinario no agota el poder de castigar, incluso si, como usted ha
mostrado, esa es su función principal.
M. F.:
Eliminemos, si le parece, algunos malentendidos. En primer lugar, en
este libro sobre la prisión es evidente que no me he planteado la
cuestión del fundamento del derecho de castigar. Lo que he querido
analizar es el hecho de que a partir de una determinada concepción del
fundamento del derecho a castigar, que se puede encontrar en los
penalistas o en los filósofos del siglo XVIII, eran perfectamente
concebibles diferentes modos de penalidad. De hecho, en este movimiento
de reformas que tuvo lugar en la segunda mitad del siglo XVIII, se
sugiere un amplio abanico de formas de castigar, siendo, al fin, la
cárcel la que en cierto modo salió ganando. La cárcel no ha sido el
único modo de castigar, pero se ha convertido en uno de los principales.
La cuestión pues que me planteé consistía en dilucidar por qué se había
optado por ella, y cómo esta forma de penalidad había influido no sólo
en la práctica judicial, sino también en un determinado número de
problemas bastante fundamentales para el derecho penal. Así, por
ejemplo, la importancia concedida a los aspectos psicológicos o
psicopatológicos de la personalidad criminal, que se mantuvo a lo largo
de todo el siglo XIX, ha estado hasta cierto punto inducida por una
práctica punitiva que se proponía como finalidad la enmienda y que, en
último término, se estrellaba ante la imposibilidad de corregir.
He dejado pues a un lado el problema del fundamento del
derecho a castigar para plantear otro diferente, a mi juicio descuidado
con frecuencia por los historiadores: los medios de castigar y su
racionalidad. Pero esto no quiere decir que la cuestión del fundamento
del castigo no sea importante. Sobre este punto pienso que hay que ser a
la vez modesto y racional, racionalmente modesto y recordar aquello que
decía Nietzsche hace ya más de un siglo, a saber, que en nuestras
sociedades contemporáneas ya no se sabe con exactitud qué es lo que se
hace cuando se castiga, ni tampoco qué puede en el fondo justificar la
punición: todo ocurre como si practicásemos un tipo de castigo en el que
se entrecruzan ideas heterogéneas, sedimentadas unas sobre otras, que
provienen de historias diferentes, de momentos distintos, de
racionalidades divergentes.
Así pues, si no me he referido a ese fundamento del derecho a
castigar no es porque no lo considere importante; yo creo que una de
las tareas más importantes consistiría, sin duda, en repensar
articulando el derecho, la moral, la institución, el sentido que se le
puede conferir hoy a la punición legal.
F. R.:
El problema de la definición de la punición es tan complejo que no
solamente no se sabe a ciencia cierta lo que es castigar sino que además
parece existir una cierta repugnancia a castigar. De hecho los jueces
afirman cada vez más que no castigan sino más bien curan, tratan,
reeducan, sanan. En la actualidad recurrir al psiquiatra, al psicólogo,
al asistente social es un acto de rutina judicial, tanto penal como
civil. Usted ha analizado este fenómeno que muestra sin duda alguna un
cambio epistemológico en la esfera jurídico-penal. La justicia penal
parece haber cambiado de sentido. El juez aplica cada vez menos el
código penal al autor de una infracción y trata cada vez más de
patologías y de alteraciones de la personalidad.
M. F.:
Pienso que usted tiene razón. ¿Por qué la justicia penal ha establecido
con la psiquiatría unos lazos que en principio deberían resultarle
fuertemente embarazosos? Parece evidente que entre los problemas que
trata la psiquiatría y el ámbito en que se mueve la práctica del derecho
penal existe una clara heterogeneidad, no me atrevo a hablar de
contradicción. Son dos formas de pensamiento que se mueven en niveles
muy distintos, y no se percibe, en consecuencia, a partir de qué lógica
podría la una servirse de la otra. Sin embargo es cierto, y se trata de
un hecho sorprendente que arranca del siglo XIX, que la justicia penal
de la que en principio podría esperarse que desconfiaría enormemente del
pensamiento psiquiátrico, psicológico o médico, se ha sentido fascinada
por este pensamiento.
Existen por supuesto resistencias y también, evidentemente,
conflictos que no hay que subestimar. Pero si consideramos un período
más largo de tiempo, de siglo y medio, resulta claro que la justicia
penal ha sido receptiva y cada vez más acogedora con esas formas de
pensamiento. Es muy posible que los planteamientos psiquiátricos hayan
resultado en ocasiones molestos a la práctica penal, pero en la
actualidad parece que ésta los promueve, lo que permite mantener en el
equívoco la cuestión de aber qué es lo que se hace cuando se castiga.
F. R.:
En las últimas páginas de “Vigilar y Castigar” señala que las técnicas
disciplinarias se han convertido en una de las principales funciones de
nuestra sociedad. Su poder ha alcanzado su más fuerte intensidad en la
institución penitenciaria. Por otra parte afirma también que la prisión
no es absolutamente indispensable para un tipo de sociedad como la
nuestra, ya que pierde gran parte de su razón de ser en medio de
dispositivos de normalización cada día más numerosos. ¿Se podría pensar
en una sociedad sin cárceles? Esta utopía comienza a ser considerada en
serio por algunos criminólogos. Por ejemplo Louk Hulsman, catedrático de
derecho penal de la Universidad de Rótterdam y experto de las Naciones
Unidas, defiende una teoría de abolición del sistema penal. Hulsman
constata que una gran parte de los delitos escapan al sistema penal sin
que ello ponga en peligro a la sociedad. Propone, en consecuencia,
descriminalizar sistemáticamente la mayor parte de los actos y
comportamientos que la ley convierte en crímenes o delitos, y sustituir
el concepto de crimen por el de “situación-problema”. En lugar de
castigar y de estigmatizar se trataría de intentar solucionar los
conflictos a través de procedimientos de arbitraje, por vías de
conciliación no judiciales. Habría que contemplar las infracciones como
si fueran riesgos sociales, con lo cual lo esencial sería la
indemnización de las víctimas. La intervención del aparato judicial
quedaría así reservado para los asuntos graves, o, en última instancia
para aquellos en que fracasen los intentos de conciliación o las
soluciones del derecho civil. Las propuestas de Hulsman implican toda
una revolución cultural. ¿Qué piensa usted acerca de estas posturas
abolicionistas que esquemáticamente acabo de exponer? ¿Pueden
considerarse como una de las posibles prolongaciones de “Vigilar y
Castigar”?
M. F.:
Creo que existen muchas cosas interesantes en las tesis de Hulsman y
entre ellas el desafío que presenta a la cuestión del fundamento del
derecho a castigar al afirmar que ya no hay que castigar más.
Encuentro también muy interesante que plantee la cuestión
del fundamento del derecho a castigar considerando al mismo tiempo los
medios para responder a lo que se considera una infracción. Dicho de
otro modo, la cuestión de los medios no es, según él, simplemente una
consecuencia de lo que se había planteado respecto al fundamento del
derecho a castigar puesto que la reflexión sobre el fundamento del
castigar y la manera de reaccionar ante una infracción deben de estar
íntimamente unidas. Todo ello me parece muy estimulante e importante, y
aunque no estoy demasiado familiarizado con su trabajo me pregunto si la
noción de situación-problema no puede suponer una psicologización de la
cuestión y de su resolución. ¿Una práctica semejante no corre el
riesgo, incluso si él no lo desea, de conducir a una especie de
disociación entre, por una parte, las reacciones sociales colectivas e
institucionales del crimen que va a ser considerado como un accidente, y
que deberá ser solucionado como tal accidente, y, por otra parte, a una
hiperpsicologización por lo que se refiere al criminal, que va a
constituirlo en objeto de intervenciones psiquiátricas o médicas con
fines terapéuticos?
F. R.:
¿Esta concepción del delito no conduce además a la abolición de las
nociones de responsabilidad y de culpabilidad? En la medida en que
existe el mal en nuestras sociedades, la conciencia de culpa que, según
Ricoeur, habría nacido con los griegos ¿no cumpliría una función social
necesaria? ¿Puede concebirse una sociedad liberada de todo sentimiento
de culpa?
M. F.:
No creo que lo importante sea si una sociedad puede funcionar sin
culpabilidad, sino más bien, si la sociedad puede hacer funcionar la
culpabilidad como principio organizador y fundador del derecho. Y es ahí
donde la cuestión se complica.
Paul Ricoeur tiene perfecto derecho a plantearse el problema
de la conciencia moral y lo hace en tanto que filósofo o historiador de
la filosofía. Es legítimo afirmar que existe la culpabilidad, que ha
existido desde un cierto tiempo. Se puede discutir también si este
sentimiento proviene de los griegos o tiene otro origen. De todos modos
existe y no se ve fácilmente cómo una sociedad como la nuestra,
enraizada todavía fuertemente en una tradición, que es también la de los
griegos, podría estar al margen de la culpabilidad. Durante largo
tiempo se ha podido pensar que era posible articular un sistema de
derecho y una institución judicial en torno a una noción como la de
culpabilidad. Para nosotros por el contrario la cuestión sigue abierta.
F. R.:
Actualmente cuando un individuo comparece ante alguna de las instancias
de la justicia penal debe dar cuenta no sólo del acto prohibido que ha
cometido sino también de su propia vida.
M. F.:
Es cierto. Se ha discutido mucho, por ejemplo en los estados Unidos,
acerca de las penas indeterminadas. Me parece que en casi todas partes
se ha abandonado esta práctica, pero sin embargo ese sistema implicaba
una cierta tendencia, una cierta tentación que no creo que haya
desaparecido: hacer recaer el juicio penal más sobre un conjunto de
cualidades características de una existencia o de una manera de ser que
sobre un acto concreto. Hay que tener en cuenta también la medida
adoptada recientemente en Francia, de aplicación de penas en relación a
los jueces. Se ha intentado reforzar -y la intención es buena- el poder y
el control del aparato judicial sobre el desarrollo del castigo penal,
lo que de hecho ha servido para hacer disminuir la independencia de la
institución penitenciaria. Sin embargo, en contrapartida, hete aquí que
va a existir un tribunal compuesto, según creo, por tres jueces,
encargado de decidir si se le concede o no a un detenido la libertad
condicional. Esta decisión será adoptada teniendo en cuenta una serie de
elementos entre los cuales figura en primer lugar la primera
infracción, que se verá en cierto modo reactualizada, ya que la parte
civil y los representantes de la víctima estarán presentes y podrán
intervenir. A esto se van a añadir los datos relativos a la conducta del
individuo en la cárcel, tal y como han sido observados, considerados,
interpretados por los guardianes, por los administradores, por los
psicólogos y los médicos. Todo este magma de elementos heterogéneos y
dispersos es lo que va a permitir adoptar una decisión de tipo judicial.
Aún en caso de que esta práctica fuese jurídicamente aceptable,
conviene saber qué consecuencia implicaría de hacho, así como los
riesgos que representaría la justicia penal, en su funcionamiento
corriente, el hecho de que arraigue el hábito de adoptar una decisión
penal en función de una buena o mala conducta.
F. R.:
La medicalización de la justicia conduce, poco a poco, a un
desplazamiento del derecho penal en el interior de las prácticas
judiciales. El sujeto de derecho se ve reemplazado por el neurótico o el
psicópata, más o menos irresponsable, cuya conducta vendría determinada
por factores psico-biológicos. Como reacción a esta concepción, algunos
penalistas contemplan la posibilidad de retornar al concepto de
punición susceptible de conciliarse más adecuadamente con el respeto a
la libertad y a la dignidad del individuo .No se trata de volver a un
sistema de castigo brutal y mecánico en el que se hace abstracción del
régimen socioeconómico en el que funciona, que ignoraría la dimensión
social y política de la justicia, sino de encontrar de nuevo una
coherencia conceptual y distinguir bien lo que depende del derecho y lo
que corresponde a la medicina. Se me ocurre aquella frase de Hegel: “Si
consideramos que toda pena conlleva derecho se honra al delincuente como
ser racional”.
M. F.:
Creo en efecto que el derecho penal forma parte del juego social en una
sociedad como la nuestra y que esto no hay que ocultarlo. Esto
significa que los individuos que forman parte de esta sociedad se
reconocen en tanto que tales como sujetos de derecho, por lo que son
susceptibles de ser penalizados y castigados cuando infringen alguna
norma. Pienso que en esto no hay nada escandaloso, pero el deber de la
sociedad es hacer que los individuos concretos puedan reconocerse de
hecho como sujetos de derecho, lo que resulta difícil si el sistema
penal que se utiliza es arcaico, arbitrario e inadecuado respecto a los
problemas reales que se plantean en una sociedad. Consideremos, por
ejemplo, el ámbito específico de la delincuencia económica. El verdadero
trabajo a priori no consiste en inyectar cada vez más medicina, más
psiquiatría para modular este sistema y hacerlo más aceptable, sino que
lo que es necesario es repensar el sistema penal en sí mismo. Con esto
no quiero decir que volvamos a la severidad del Código Penal de 1810
sino proponer que nos planteemos seriamente la idea de un derecho penal
que definiría claramente lo que en una sociedad como la nuestra puede
ser considerado como objeto de castigo, proponer la idea misma de un
sistema que defina las reglas del juego social. Desconfío de aquellos
que quieren retornar al sistema de 1810 sirviéndose del pretexto de que
la medicina y la psiquiatría desdibujan el sentido de lo que es la
justicia penal; desconfío también de aquellos que aceptan en el fondo
este sistema de 1810 sometiéndolo simplemente a ajustes, a mejoras, en
fin, atenuándolo mediante modulaciones psiquiátricas y psicológicas.
[1] Refoulement: recalcamiento y recalque
El
presente es el texto de la conferencia proferida en 1976 en la Facultad
de Filosofía de la Universidad del Brasil. Publicado en la revista
anarquista “Barbarie” N° 4 y 5 en 1981-82, San Salvador de Bahía,
Brasil. La traducción del francés al portugués la realizó Ubirajara Reboucas, y la traducción
del portugués al castellano la hizo Eloisa Primavera y fue publicada en
la revista “Fahrenheit 450”, N° 1, Bs. As., diciembre de 1986 (revista
publicada por estudiantes de la carrera de Sociología UBA)
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