La admisión de los represores > Debate por los acusados de delitos de lesa humanidad que quieren entrar en UBA XXII
Autoras/es: Héctor Hugo Trinchero *
(Fecha original del artículo: Julio 2012)
Universidad|Martes, 10 de julio de 2012
Entre los argumentos esgrimidos por esta comisión, me permito señalar el siguiente: “La particularidad del caso es que quienes aspiran a incorporarse a su comunidad universitaria, en la actualidad y desde siempre, defienden públicamente la tesis de una pretendida inexistencia, legitimidad o justificación de esos delitos de los que fueran víctimas los propios miembros de su comunidad universitaria, es decir, una tesis negacionista de los delitos que han victimizado masivamente a miembros de la comunidad universitaria a la que pretenden incorporarse”. Un argumento contundente, ya que ninguna comunidad puede ser obligada a incorporar a quienes han procurado en forma directa o indirecta atentar contra sus propios integrantes. Me permito recordar que la Facultad de Filosofía y Letras guarda la memoria de sus 423 estudiantes, docentes y administrativos asesinados y/o desaparecidos durante aquella dictadura genocida.
Algunas expresiones vienen sosteniendo que el Estado democrático debe amparar el derecho a estudiar de cualquier ciudadano y en particular aquellos en situación de encierro, cuestión que comparto plenamente. Sin embargo, la universidad, tal vez más que ninguna otra institución pública, debe reconocer junto al conjunto de la sociedad y su Poder Judicial que hay una distancia inconmensurable entre un delito común y el genocidio y el terrorismo de Estado, cuya modalidad, tal como lo viene demostrando la Justicia, radica precisamente en la apropiación del aparato de Estado para perseguir, asesinar, torturar, secuestrar, desaparecer ciudadanos mediante un plan sistemático, que también incluyó el robo y la sustracción de identidad de niños. Nuestro país, en consonancia con la legislación internacional, sostiene que éstos son delitos de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptibles. Es por ello también que no existe ejercicio posible de reinserción social de quienes los cometieron (objetivo explícito del programa UBA XXII en cárceles).
Sostengo que en esta profunda distinción radica uno de los fundamentos principales a tener en cuenta a la hora de tomar una decisión por el Consejo Superior de la Universidad, en paralelo a los aspectos reglamentarios y legales que avalan su potestad para dirimir sobre la admisibilidad de estos genocidas. Nadie duda de que la intención de los terroristas de Estado viene siendo la provocación. En este caso, colocar a la universidad en un supuesto y aparente dilema. Es la misma intención que han tenido con la sociedad toda, incluyendo al campo de la política. Pero la consecución de los juicios, gracias a la lucha persistente del pueblo argentino junto a sus organizaciones más conspicuas y un gobierno coherente, es la muestra evidente de que la verdad puede más que las argucias formales de quienes hicieron del Estado una fábrica de muerte. Nuestra universidad no debería darle la espalda a semejante aprendizaje.
En la Universidad de Buenos Aires, en estas últimas
semanas, asistimos a un debate de especial interés, no solo para quienes
trabajamos y/o estudiamos en ella, sino para el conjunto de la
sociedad, que con su esfuerzo la sostiene. Se trata de la cuestión sobre
si la universidad pública debe o no hacer lugar a la solicitud de
ingreso a sus aulas de (por el momento) tres miembros de la última
dictadura cívico-militar.
En la Facultad de Filosofía y Letras nos hemos expresado
contundentemente por la negativa a través de una resolución unánime del
Consejo Directivo, luego de un profundo debate en el que participaron
distintos organismos de derechos humanos. En el Consejo Superior de la
Universidad, el tema sigue pendiente, aunque una comisión de notables
creada para asesorar a sus miembros, e integrada por el ministro de la
Corte Suprema de Justicia Eugenio Zaffaroni y los profesores Raúl
Gustavo Ferreyra (Facultad de Derecho); la diputada Adriana Puiggrós y
José Schulman (profesores de Filosofía y Letras); Osvaldo Varela y
Alfredo Sarmiento (Psicología) ha vertido su dictamen en sintonía con lo
resuelto por nuestra facultad y también por la Facultad de Ciencias
Sociales.Entre los argumentos esgrimidos por esta comisión, me permito señalar el siguiente: “La particularidad del caso es que quienes aspiran a incorporarse a su comunidad universitaria, en la actualidad y desde siempre, defienden públicamente la tesis de una pretendida inexistencia, legitimidad o justificación de esos delitos de los que fueran víctimas los propios miembros de su comunidad universitaria, es decir, una tesis negacionista de los delitos que han victimizado masivamente a miembros de la comunidad universitaria a la que pretenden incorporarse”. Un argumento contundente, ya que ninguna comunidad puede ser obligada a incorporar a quienes han procurado en forma directa o indirecta atentar contra sus propios integrantes. Me permito recordar que la Facultad de Filosofía y Letras guarda la memoria de sus 423 estudiantes, docentes y administrativos asesinados y/o desaparecidos durante aquella dictadura genocida.
Algunas expresiones vienen sosteniendo que el Estado democrático debe amparar el derecho a estudiar de cualquier ciudadano y en particular aquellos en situación de encierro, cuestión que comparto plenamente. Sin embargo, la universidad, tal vez más que ninguna otra institución pública, debe reconocer junto al conjunto de la sociedad y su Poder Judicial que hay una distancia inconmensurable entre un delito común y el genocidio y el terrorismo de Estado, cuya modalidad, tal como lo viene demostrando la Justicia, radica precisamente en la apropiación del aparato de Estado para perseguir, asesinar, torturar, secuestrar, desaparecer ciudadanos mediante un plan sistemático, que también incluyó el robo y la sustracción de identidad de niños. Nuestro país, en consonancia con la legislación internacional, sostiene que éstos son delitos de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptibles. Es por ello también que no existe ejercicio posible de reinserción social de quienes los cometieron (objetivo explícito del programa UBA XXII en cárceles).
Sostengo que en esta profunda distinción radica uno de los fundamentos principales a tener en cuenta a la hora de tomar una decisión por el Consejo Superior de la Universidad, en paralelo a los aspectos reglamentarios y legales que avalan su potestad para dirimir sobre la admisibilidad de estos genocidas. Nadie duda de que la intención de los terroristas de Estado viene siendo la provocación. En este caso, colocar a la universidad en un supuesto y aparente dilema. Es la misma intención que han tenido con la sociedad toda, incluyendo al campo de la política. Pero la consecución de los juicios, gracias a la lucha persistente del pueblo argentino junto a sus organizaciones más conspicuas y un gobierno coherente, es la muestra evidente de que la verdad puede más que las argucias formales de quienes hicieron del Estado una fábrica de muerte. Nuestra universidad no debería darle la espalda a semejante aprendizaje.
* Decano de la Facultad de Filosofía y Letras (UBA).
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