PREOCUPACION DE UN COMITE DE LA ONU POR LA SITUACION DE LA SALUD MENTAL EN EL PAIS
Autoras/es: Pedro Lipcovich
El Comité de los Derechos de Personas con Discapacidad advirtió
sobre “inconsistencias” del proyecto de reforma al Código Civil,
cuestionó las “internaciones involuntarias prolongadas” y pidió
reglamentar la ley de Salud Mental.
El Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad de
Naciones Unidas manifestó su “preocupación” por las “inconsistencias”
del actual proyecto de reforma del Código Civil, en lo que concierne a
“respetar la autonomía y la voluntad de las personas con discapacidad
psicosocial”; también señaló que en la Argentina “las internaciones
involuntarias y prolongadas siguen prevaleciendo” por lo cual “insta al
Estado a implementar planes de salud mental basados en el modelo de
derechos humanos”; también expresó inquietud porque “no se respetan las
garantías del debido proceso” a las personas consideradas inimputables;
señaló que “no se reconoce el derecho a formar una familia” a personas
con problemas de salud mental, a quienes a menudo les son arrebatados
los hijos, y advirtió que “la efectiva implementación de la Ley Nacional
de Salud Mental está en riesgo” porque el Poder Ejecutivo Nacional
todavía no la reglamentó. El dictamen del Comité está en línea con un
informe que en su momento le hicieron llegar el CELS y otros organismos.
El Comité está a cargo de monitorear el cumplimiento de la
Convención Internacional de los Derechos de las Personas con
Discapacidad, a la que adhirió la Argentina. El dictamen “urge al Estado
argentino a la inmediata revisión de la legislación que, basada en la
sustitución de la toma de decisiones, priva a la persona de su capacidad
jurídica”; el organismo “expresa su preocupación por las
inconsistencias con la Convención contenidas en el proyecto de reforma
del Código Civil”, que “deja a total discreción del juez la decisión de
designar un curador o de determinar los apoyos necesarios para que las
personas con discapacidad tomen decisiones”. Macarena Sabin Paz,
coordinadora del equipo de salud mental del CELS, explicó a este diario
que “la Convención señala que todas las personas son jurídicamente
capaces y que el Estado debe proveer de apoyo para que ejerzan esa
capacidad: designar personas, propuestas incluso por el mismo
interesado, que la ayuden a tomar decisiones, pero sin sustituir su
voluntad. En cambio, el actual proyecto de reforma al Código Civil
(elaborado por una comisión que presidió Ricardo Lorenzetti, titular de
la Corte Suprema) permite al juez inhabilitar a la persona, y los jueces
tienden a tomar ese camino fácil y ponerle un curador”.
El proyecto de reforma está siendo tratado en el Congreso de la
Nación por una comisión bicameral. Leonardo Gorbacz –quien, como
diputado, presentó el proyecto que dio lugar a la Ley Nacional de Salud
Mental, y actualmente es asesor sobre legislación en la Sedronar– señaló
que “especialistas convocados por los legisladores trabajan para
adecuar el Código Civil en este punto”.
En otra de sus advertencias, el Comité “observa con preocupación
que la internación involuntaria y prolongada sigue prevaleciendo, a
pesar de que la Ley Nacional de Salud Mental, 26.657, se centra en el
modelo de derechos humanos”, por lo cual “insta al Estado a implementar
planes de salud mental” que propicien “la desinstitucionalización”.
Sabin Paz observó que “la ley 26.657 plantea un plan progresivo de
desinstitucionalización, del cual no se concretó prácticamente nada; es
necesario que, reglamentada la ley, se elabore un plan nacional de salud
mental”.
Pero el Comité de Naciones Unidas advierte que “la implementación
de la ley 26.657 (promulgada en diciembre de 2010) está en riesgo,
porque su reglamentación todavía no fue efectuada y la conformación de
su órgano de revisión sigue pendiente”. La entidad “lamenta también la
falta de mecanismos para garantizar el consentimiento libre e informado
de las personas con discapacidad para recibir cualquier tratamiento”.
Sabin Paz precisó que “la reglamentación es imprescindible para que
empiece a funcionar el órgano de revisión, con participación de la
sociedad civil, que la ley establece para examinar las internaciones
prolongadas y detener toda violación a los derechos humanos”. Sin
embargo, aclaró la representante del CELS, “en muchos aspectos la ley
puede y debe aplicarse, y la falta de reglamentación opera como excusa
de muchas jurisdicciones para no implementarla”.
Una alta fuente del Ministerio de Salud dijo a este diario que “el
proyecto de reglamentación de la Ley de Salud Mental había sido enviado
por esta cartera a la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la
Nación, que lo devolvió para que le hiciéramos ajustes técnicos
formales; éstos ya fueron introducidos, de modo que en esta semana lo
enviaremos nuevamente a esa dependencia”.
El Comité de Naciones Unidas señaló también que, en la Argentina,
“cuando una persona con discapacidad psicosocial o intelectual es
declarada inimputable en un procedimiento penal, no se respetan las
garantías y se la priva de la libertad sin que siquiera se acredite su
vinculación con el hecho”. Sabin Paz comentó que “estas personas no
cuentan con la posibilidad de ser escuchadas por el juez y de contar con
un abogado defensor; no cuentan con las garantías que valen para los
presos comunes”.
El dictamen del Comité tomó en cuenta un informe que suscribieron el CELS, REDI, Faica, Fendim y ADC.
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