Entre otros puntos, la ley de muerte digna otorga a
la familia el derecho a tomar la decisión sobre la abstención y retiro
de medidas de soporte vital –como hidratación y alimentación– en
pacientes con una enfermedad irreversible, incurable o en estado
terminal, cuando “produzcan como único efecto la prolongación en el
tiempo de ese estadio terminal, irreversible o incurable”, como en casos
de estado vegetativo permanente. Los médicos que intervengan no podrán
ser sometidos a acciones administrativas, civiles ni penales. La norma
excluye la eutanasia y el suicidio asistido.
“Esta ley no obliga a nadie. Ampara a los médicos, a los familiares y a los propios pacientes”, había resumido Selva Herbón, mamá de Camila Sánchez, de casi 3 años, que está en estado vegetativo irreversible desde que nació, pero los médicos no quieren desconectarla por temor a un reclamo judicial.
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