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domingo, 13 de mayo de 2012

El Senado aprobó por unanimidad la Ley de muerte digna

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Entre otros puntos, a ley de muerte digna otorga 
a la familia el derecho a tomar la decisión sobre 
la abstención y retiro de medidas de soporte
 vital –como hidratación y alimentación– 
en pacientes con una enfermedad irreversible, incurable 
o en estado terminal, cuando “produzcan como único
 efecto la prolongación en el tiempo de ese 
estadio terminal, irreversible o incurable.
Por 55 votos a favor la Cámara alta convertió en ley el proyecto que regula la protección de la dignidad de los enfermos en “estado irreversible o incurable o vegetal” para garantizar su autonomía y el respeto a su voluntad de seguir sometiéndose o no a determinados tratamientos médicos. Además, libera de la responsabilidad civil, penal y administrativa a los profesionales que obren de acuerdo a la ley, que contempla la decisión del paciente.
(Fecha original del artículo: Mayo 2012)

Entre otros puntos, la ley de muerte digna otorga a la familia el derecho a tomar la decisión sobre la abstención y retiro de medidas de soporte vital –como hidratación y alimentación– en pacientes con una enfermedad irreversible, incurable o en estado terminal, cuando “produzcan como único efecto la prolongación en el tiempo de ese estadio terminal, irreversible o incurable”, como en casos de estado vegetativo permanente. Los médicos que intervengan no podrán ser sometidos a acciones administrativas, civiles ni penales. La norma excluye la eutanasia y el suicidio asistido.

“Esta ley no obliga a nadie. Ampara a los médicos, a los familiares y a los propios pacientes”, había resumido Selva Herbón, mamá de Camila Sánchez, de casi 3 años, que está en estado vegetativo irreversible desde que nació, pero los médicos no quieren desconectarla por temor a un reclamo judicial.

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